Claves de la reforma del Plan General Contable en 2021
El 30 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, que modifica el Plan General de Contabilidad (PGC), el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PGC PYMES), las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. Estos cambios actualizan el PGC conforme a los nuevos criterios contables adoptados por la Unión Europea en relación con los instrumentos financieros y los ingresos derivados de contratos con clientes.
Las modificaciones principales incluyen nuevas categorías de activos y pasivos financieros, criterios actualizados para el reconocimiento de ingresos por ventas y servicios, así como pautas para la implementación inicial de estos cambios. Si deseas más información detallada sobre estas actualizaciones, te recomendaría consultar directamente el texto completo del Real Decreto 1/2021 en el Boletín Oficial del Estado o en la página web oficial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Fecha entrada en vigor
El Real Decreto mencionado entró en vigor el 31 de enero de 2021 y se aplicará a partir de los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2021. Esta actualización contable impactará en los ejercicios iniciados después del 1 de enero de 2021 y mantiene los criterios de reconocimiento y valoración en cuanto a instrumentos financieros y reconocimiento de ingresos del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas para simplificar las obligaciones contables de las empresas de menor tamaño. En el PGC PYMES se introduce una mejora técnica relacionada con la regulación del valor razonable, el criterio para contabilizar la aplicación del resultado en el socio, la presentación de emisiones de capital y la elaboración de la memoria. Para más detalles sobre estos cambios, se recomienda revisar el texto completo del Real Decreto o consultar fuentes oficiales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Propósito de la reforma
En resumen, el Real Decreto 1/2021 tiene como objetivo principal ajustar la normativa contable nacional a las normas aprobadas por la NIIF-UE 9 y la NIIF-UE 15. Las normas del PGC afectadas por estos cambios son la 9ª (instrumentos financieros), la 10ª (existencias) y la 14ª (ingresos por ventas y servicios).
Según una nota de prensa del Consejo General de Economistas, los profesionales contables ven de manera positiva que la administración haya considerado las necesidades específicas de las pequeñas y medianas empresas. A partir de enero de 2021, solo las empresas que no utilicen el PGC para pymes estarán obligadas a aplicar los nuevos criterios de reconocimiento y valoración de activos, pasivos financieros e ingresos, en línea con esta última modificación. Para obtener más detalles sobre estos cambios, se sugiere consultar directamente la información proporcionada por el Consejo General de Economistas o fuentes oficiales relacionadas.
Novedades de la reforma del Plan General Contable
El Real Decreto 1/2021 introduce cambios importantes en el Marco Conceptual del PGC, tanto para el PGC Normal como para el PGC PYMES. Algunos aspectos destacados incluyen la actualización de la definición del Valor Razonable, que ahora debe estimarse para una fecha específica, y la reducción de las categorías de activos financieros y pasivos financieros.
En cuanto a los activos financieros, se han reducido a cuatro categorías, incluyendo activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, activos financieros a coste amortizado, activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto y activos financieros a coste. La cartera anteriormente conocida como “Activos financieros disponibles para la venta” ahora se llama “Activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto”.
En relación con los pasivos financieros, se han reducido a dos categorías: pasivos a coste amortizado y pasivos a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
El Real Decreto también elimina la obligación de identificar y separar los derivados implícitos en un contrato principal que sea un activo financiero híbrido. Además, se introducen cambios en las coberturas contables para alinear el resultado contable y la gestión del riesgo en la empresa, brindando mayor flexibilidad en los requisitos de cobertura.
Estos cambios también afectan a la valoración de existencias para los intermediarios que comercializan materias primas cotizadas, así como a la determinación de diferencias de cambio para activos financieros de carácter monetario clasificados en la categoría de valor razonable con cambios en el patrimonio neto.
En cuanto a los ingresos por ventas y prestación de servicios, se establece un proceso secuencial de etapas para reconocer los ingresos, comenzando por identificar el contrato con el cliente y terminando con la contabilización de los ingresos a medida que la entidad satisface las obligaciones. Para obtener más detalles sobre estos cambios y su impacto, se recomienda revisar el texto completo del Real Decreto 1/2021 y consultar fuentes oficiales relacionadas.

